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EL MINISTERIO DE JUSTICIA IMPLANTA LAS NUEVAS MEDIDAS CONCURSALES.

El Ministerio de Justicia ha desarrollado en los plazos previstos y ha puesto en marcha el sistema electrónico para el procedimiento especial de microempresas previsto en el Libro III de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal.

Esta nueva Ley Concursal forma parte de uno de los paquetes de medidas del Gobierno para mejorar el funcionamiento económico y apoyar el tejido productivo, especialmente de empresas que entran en concurso de acreedores o pueden acabar en el mismo, las más vulnerables, como las micropymes, a las que se refiere la nueva Ley Concursal en su Libro III, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2023.

En este Libro se contempla un sistema especial cuyo principal objetivo es que “las microempresas tengan procedimientos específicos, más rápidos y ágiles, favoreciendo la transparencia y la recuperación de la situación de especial dificultad de los empresarios”, según explicó la ministra de Justicia.

Se centra en las empresas que lleven a cabo una actividad empresarial o profesional y que en el año anterior a la solicitud hayan empleado una media de menos diez trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000€ o un pasivo inferior a 350.000€, según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.

NOVEDADES:

  • Reducción de los plazos procesales y se dota de herramientas tecnológicas comunes en todo el territorio para la gestión y ejecución de los activos.
  • Puesta en marcha el servicio electrónico de formularios.
  • Se trata del primer sistema que se basa únicamente en datos, proporcionando información que favorezca el apoyo al tejido empresarial y derivar en la aplicación de políticas públicas adecuadas para la protección económica y social.
  • Se pone en funcionamiento la plataforma de liquidación de activos, que permite mejorar la transparencia, que es de acceso gratuito y universal. En ella se volcarán los activos de todos los procedimientos especiales de microempresas en liquidación.
  • Agilizar la venta de estos activos, reducir el coste de la liquidación y descargar de trabajo al sistema judicial.
  • Finalización de los procedimientos especiales de liquidación en los plazos previstos.

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