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La justicia condena a una empresa por despedir a una trabajadora por acumular bajas

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a una empresa que había despedido a una trabajadora porque acumulaba muchas bajas. La Sala entiende que hay vulneración de derechos fundamentales por la tendencia de esta empresa de despedir a trabajadores enfermos.

En este caso, el representante de esta empresa afirmó a un compañero de la trabajadora despedida que habían prescindido de sus servicios porque tenía muchas bajas y despedir en esos casos era política de empresa.

El TSJ de Cataluña en sentencia muestra su rechazo a esta práctica deplorable que hace que los trabajadores no quieran coger la baja por miedo a perder su puesto de trabajo. Considera que, en este caso, se vulnera el derecho fundamental de los trabajadores a su integridad física. Además, al ser esta práctica una “política de empresa” se observa que este no es un caso aislado sino que se da de manera reiterada.

Se puede luchar contra el absentismo laboral pero sin perjudicar la salud de nadie. Tener como política de empresa el despedir a trabajadores enfermos conlleva que muchos de ellos no pidan la baja por temor al ser despedidos y esto puede tener consecuencias muy negativas para su propia salud.

Por todo ello, aunque la decisión de primera instancia fue calificar el despido como improcedente, este tribunal al considerar que existe vulneración del derecho fundamental a la integridad física, condena a la empresa a readmitir a la trabajadora y a indemnizarle con la suma de 18000 euros.

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