Los hombres que se retiraron entre 2016 y el 3 de febrero de 2021 y tienen al menos dos hijos, pueden acceder a este complemento pagado por la Seguridad Social, el cual incrementa la pensión mensual en un promedio de entre 50 y 300 euros.
El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto definitivamente la última controversia pendiente que permitirá que el antiguo complemento por aportación demográfica a las pensiones, también conocido como complemento de paternidad, ya no sea objeto de disputas legales por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Este organismo se había resistido a reconocer tales beneficios a través de procedimientos administrativos, accediendo a hacerlo únicamente cuando se presentaba una demanda judicial. Ahora, los jubilados podrán recibir el complemento que les corresponde sin mayores obstáculos.
El Tribunal Supremo ha determinado que la reclamación del complemento de paternidad no está sujeta a prescripción, lo que significa que los padres navarros que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y que tienen dos o más hijos registrados en el Registro Civil pueden beneficiarse de este complemento. La Seguridad Social argumentaba anteriormente que el derecho a reclamar este complemento expiraba cinco años después de la fecha en que se concedía la pensión. Sin embargo, el Supremo ha establecido que la acción para solicitar el complemento es imprescriptible, permitiendo así que todos los jubilados que cumplan con los tres requisitos necesarios (ser varón, haberse jubilado entre 2016 y el 3 de febrero de 2021, y tener dos o más hijos) puedan solicitarlo.
Plataforma Complemento Paternidad Navarra
Actualmente, más de 500 pensionistas han presentado reclamaciones a través de la plataforma Complemento Paternidad Navarra, encabezada por el bufete Iribarren Abogados. Con la reciente sentencia del Tribunal Supremo, que establece que dicho complemento es accesorio a la pensión contributiva (ya sea por incapacidad permanente, viudedad o jubilación) y no un elemento independiente de la solicitud de la pensión, el número de posibles beneficiarios podría incrementarse significativamente. Esto se debe a que, al ser la pensión imprescriptible, el complemento reclamado conjuntamente también lo es.
Tras esta sentencia, en los primeros casos gestionados en Pamplona, la Seguridad Social ha indicado que revisará cada situación individualmente y ya se ha allanado en los primeros casos, evitando la necesidad de proceder a juicio.
Revalorización
El complemento de paternidad aumenta la pensión actual en un 5% para quienes tienen dos hijos, un 10% para los que tienen tres hijos, y un 15% para aquellos con cuatro hijos o más, dependiendo del número de descendientes. Este incremento se aplica a la pensión durante las 14 pagas anuales, con montos que suelen variar entre 300 y 400 euros, dependiendo de la cuantía inicial de la pensión del individuo. Así, el aumento del complemento es mayor para aquellos con pensiones más altas y más hijos. Desde el momento en que se reconoce el derecho del jubilado, este comienza a recibir la revalorización mensual en su pensión de jubilación. Además, cuando se estiman las demandas, el pensionista recibe inicialmente una indemnización en un pago único y directo, que incluye de manera retroactiva todos los atrasos no reconocidos desde la fecha de su jubilación, llegando en algunos casos a indemnizaciones de hasta 30.000 euros.
El complemento de paternidad se introdujo en 2016, inicialmente solo para mujeres que hubieran sido madres de dos o más hijos. No obstante, en diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que este complemento era discriminatorio por razón de sexo o género. La legislación española no ajustó esta disposición hasta febrero de 2021, marcando así el fin de las reclamaciones de este complemento, ya que desde entonces se reconoce automáticamente a las nuevas pensiones.
“Son buenas noticias, el Supremo no deja margen de duda”
La plataforma Complemento Paternidad Navarra ha recibido con gran satisfacción la sentencia del Tribunal Supremo que resuelve definitivamente que el complemento de paternidad es imprescriptible. Esta decisión judicial establece que todos los jubilados que sean varones y tengan dos o más hijos, y que se hayan jubilado entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, tienen derecho a recibir este complemento. Iñaki Iribarren, socio de la plataforma, expresó su contento frente a esta resolución, destacando que «es una alegría porque cierra el debate y no deja margen de dudas».
Todos los jubilados que cumplan los tres requisitos necesarios: ser varones, tener dos o más hijos y haberse jubilado entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, tienen el derecho de solicitar y deben recibir el complemento de paternidad. La Seguridad Social está obligada a pagar la indemnización por los atrasos y a revalorizar la pensión mensualmente en las 14 pagas anuales.
Se estima que cada jubilado podría recibir una indemnización media de entre 15.000 y 25.000 euros, y un aumento mensual en su pensión de entre 50 y 300 euros. Estas cantidades dependen del número de hijos, la fecha de jubilación y la cuantía de la pensión inicial.
Marinela Stan, abogada de la plataforma, explica que los juzgados de lo Social de Navarra y la mayoría de los Tribunales Superiores de Justicia ya reconocían el complemento a todos los jubilados, pero faltaba la confirmación del Alto Tribunal, que finalmente ha ratificado este criterio. Aunque la Seguridad Social insistía en que la posibilidad de solicitar el complemento había prescrito para todos los jubilados, con esta sentencia tendrá que aceptar dichas solicitudes.
Stan advierte que es crucial seguir el procedimiento de reclamación de manera profesional para evitar sorpresas, ya que el cálculo de los plazos es crucial en este tipo de casos. La plataforma simplifica los trámites y solo requiere que el jubilado proporcione su DNI, libro de familia y resolución de jubilación.
Por último, Olaia Ustárroz, otra abogada de Complemento Paternidad Navarra, señala que es probable que la Seguridad Social insista en llevar los casos a juicio, como ha venido haciendo hasta ahora, pero ahora sabemos que el resultado será favorable en todos los casos si se cumplen los requisitos. Los abogados consideran que esta sentencia es un golpe para la Seguridad Social y la Sala de lo Social indica que el complemento está ligado a la propia prestación contributiva de la Seguridad Social solicitada, por lo que no prescribe, al igual que la solicitud de la jubilación.