Abogados en Pamplona

EL TRIBUNAL SUPREMO DETERMINA QUE EL COMPLEMENTO DE PATERNIDAD, YA SOLICITADO POR 500 JUBILADOS DE NAVARRA, NO TIENE PLAZO DE PRESCRIPCIÓN.

Los hombres que se retiraron entre 2016 y el 3 de febrero de 2021 y tienen al menos dos hijos, pueden acceder a este complemento pagado por la Seguridad Social, el cual incrementa la pensión mensual en un promedio de entre 50 y 300 euros.

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto definitivamente la última controversia pendiente que permitirá que el antiguo complemento por aportación demográfica a las pensiones, también conocido como complemento de paternidad, ya no sea objeto de disputas legales por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Este organismo se había resistido a reconocer tales beneficios a través de procedimientos administrativos, accediendo a hacerlo únicamente cuando se presentaba una demanda judicial. Ahora, los jubilados podrán recibir el complemento que les corresponde sin mayores obstáculos.

El Tribunal Supremo ha determinado que la reclamación del complemento de paternidad no está sujeta a prescripción, lo que significa que los padres navarros que se jubilaron entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y que tienen dos o más hijos registrados en el Registro Civil pueden beneficiarse de este complemento. La Seguridad Social argumentaba anteriormente que el derecho a reclamar este complemento expiraba cinco años después de la fecha en que se concedía la pensión. Sin embargo, el Supremo ha establecido que la acción para solicitar el complemento es imprescriptible, permitiendo así que todos los jubilados que cumplan con los tres requisitos necesarios (ser varón, haberse jubilado entre 2016 y el 3 de febrero de 2021, y tener dos o más hijos) puedan solicitarlo.

Plataforma Complemento Paternidad Navarra

Más artículos jurídicos

(SOLICITAR CONSULTA)

Estaremos encantados de ayudarle

Información de Contacto