Reforma del Sistema Judicial: LO 1/2025 Novedades y Cambios en los Procedimientos Civiles.

 

Con la publicación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, en el BOE del 3 de enero de 2025, se han introducido importantes modificaciones en el sistema judicial español, en línea con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia comprometido por España ante la Comisión Europea.

Esta reforma no solo afecta a la estructura organizativa del sistema judicial, sino que también introduce cambios procesales clave, especialmente en el ámbito civil.

A continuación, se destacan las principales novedades:

Obligatoriedad de los métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC)
Antes de acudir a los tribunales civiles, será obligatorio intentar resolver los conflictos mediante métodos alternativos como la mediación, conciliación o la intervención de un experto neutral, salvo en ciertos casos específicos. Esta medida tiene como objetivo fomentar la negociación entre las partes, reduciendo la carga de trabajo en los tribunales y promoviendo soluciones más rápidas y satisfactorias.

Creación de tribunales de instancia y oficinas de justicia en los municipios
La reforma establece la creación de tribunales de instancia que reemplazarán a los actuales juzgados unipersonales. Estos tribunales serán órganos colegiados compuestos por jueces de primera instancia, con diferentes secciones especializadas. Además, se constituirán oficinas de justicia en los municipios, que sustituirán a los juzgados de paz, facilitando así a los ciudadanos el acceso a la justicia, especialmente en áreas rurales.

Entrada en vigor y régimen transitorio
La Ley Orgánica 1/2025 entrará en vigor tres meses después de su publicación, aunque algunas medidas, como la creación de los tribunales de instancia y las oficinas de justicia en los municipios, se implementarán en un plazo más corto (20 días). Además, la ley establece un régimen transitorio que permite aplicar sus disposiciones a los procedimientos iniciados después de su entrada en vigor, con ciertas excepciones para los casos ya en curso.

Reformas procesales para agilizar los procedimientos judiciales
En el ámbito civil, se han introducido varias reformas para agilizar la tramitación de los procedimientos. Entre ellas destacan la posibilidad de que los jueces dicten sentencias orales en juicios verbales, la clarificación de las costas en ciertos incidentes procesales y la introducción de nuevas normas para los procedimientos de subasta judicial electrónica.

Excepciones a la obligatoriedad de los MASC
No se exigirá el uso de los MASC en casos específicos, como aquellos relacionados con derechos fundamentales, ciertos procedimientos de tutela judicial sumaria, o en la adopción de medidas relacionadas con menores, entre otros.

Modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Civil
La reforma incluye cambios importantes en la Ley de Enjuiciamiento Civil, como la suspensión de la ejecución para promover el cumplimiento voluntario de acuerdos alcanzados a través de los MASC y la modificación de las costas en incidentes de acumulación de procesos, con un enfoque en la buena o mala fe procesal.

 

En conclusión, aunque la reforma del sistema judicial a través de la Ley Orgánica 1/2025 pretende modernizar y agilizar los procedimientos, presenta varios aspectos problemáticos. La obligatoriedad de acudir a métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC) podría alargar innecesariamente el proceso para aquellas personas que, por diversas razones, no puedan o no deseen participar en estas alternativas. Además, la creación de tribunales de instancia y oficinas de justicia en municipios podría generar una sobrecarga de trabajo para los nuevos órganos judiciales, afectando la eficiencia en lugar de mejorarla. Si bien la reforma busca hacer el sistema más accesible y rápido, algunos de sus cambios pueden complicar aún más los procedimientos judiciales y aumentar la burocracia, sin garantizar que se logren resultados más justos o satisfactorios para todos los ciudadanos.

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