No cabe duda alguna en los supuestos en los que si un consumidor no está contento con la compra realizada tiene el derecho de desistir del producto sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase.
Así viene definido en el artículo 68 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: “El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase”.
También es interesante destacar que según dispone la ley, el ejercicio del derecho de desistimiento no está sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho. En todo caso se considerará válido desistir del “contrato” enviando el documento de desistimiento (en caso de que sean contratos) o mediante la devolución de los productos recibidos (como es el caso tan típica de devolver artículos de ropa).
Otro de los aspectos que es imprescindible es saber de qué plazo disponemos para poder ejercitar nuestro derecho de desistimiento. Pues bien, la ley impone un plazo mínimo de 14 de días naturales que se computa desde la recepción del bien objeto del contrato, sin perjuicio de que los establecimientos dispongan un plazo de devolución mas amplio.
Otro de los aspectos que son importantes tener en cuenta es en relación con los gastos de devolución. La ley es clara en este sentido y nos indica en su artículo 73 que en cuanto a los gastos vinculados al desistimiento: “El ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para el consumidor y usuario. A estos efectos se considerará lugar de cumplimiento el lugar donde el consumidor y usuario haya recibido la prestación”.
A priori, no cabe duda de que si por ejemplo una persona compra en una tienda física un producto y cambia de opinión y el bien no ha sufrido daños y está en las mismas condiciones en las que se adquirió, tiene derecho a que le reintegren el dinero, sin dar explicaciones y sin señalización alguna.
No obstante, cada vez está mas en auge la compra de productos online y por esa razón cabe preguntarse si nos amparan los mismos derechos. La respuesta es afirmativa. En cualquier transacción online es obligatorio que se respete lo siguiente:
- Es necesario que se entregue un documento justificativo (el ticket de compra) por si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento.
- Desde el momento en el que se reciba el producto, se disponen de al menos 14 días naturales para poder desistir del mismo.
- Deben reintegrar el dinero de la compra en caso de desistimiento, cabe la opción de que se oferten alterativas como cales de compra o sustitución del objeto, sin embargo, siempre debes tener derecho a que se devuelva el dinero.
- Los gastos de envío no deben implicar coste alguno para los consumidores.
Elcarte Abogados.
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