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La nulidad del testamento

 

La regla general sostiene que el testamento será nulo cuando no reúna los requisitos necesarios para su validez. Pero  ¿Cuáles son exactamente estos requisitos?  ¿Todo el mundo puede otorgar un testamento?

Hay diversas causas por las que se puede producir la nulidad:

  • Falta de capacidad del testador
  • Vicios de la voluntad del testador
  • Que el testamento no cumpla con los requisitos formales admitidos por la ley

¿QUIÉN PUEDE ENTONCES OTORGAR UN TESTAMENTO VÁLIDO Y CÓMO?

 

CAPACIDAD PARA TESTAR

 

El Art. 662 reza que «pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíbe expresamente»  y a continuación  el art 663 recoge varios casos  en los que la ley entiende que no se tiene capacidad para otorgar testamento.

 

Falta de capacidad del testador.  Artículo 663 del Código Civil:

Están incapacitados para testar:

  1.   Los menores de catorce años de uno y otro sexo.

  2.   El que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio.

En este sentido no podrán otorgar testamento válido menores de 14 años ni aquellas personas incapacitadas judicialmente a causa de enfermedades psíquicas o a aquellas personas que tengan seriamente afectada o mermada su capacidad al no estar en su cabal juicio, lo que puede abarcar por ejemplo desde casos de hipnosis, embriaguez hasta drogadicción.

Tampoco pueden testar los menores de edad en forma ológrafa.

 

CONDICIONES PARA TESTAR

 

Existen supuestos en los que el testamento será nulo a pesar de que la persona tenga capacidad para testar:

Vicios de la voluntad en el momento de otorgar testamento. Artículo 673 del Código Civil:

Será nulo el testamento otorgado con violencia, dolo o fraude.

Todo aquel testamento otorgado bajo violencia, dolo o fraude será nulo.

 

FORMA DEL TESTAMENTO

 

La forma del testamento también determinará su validez.

El testamento será nulo si se usa una forma de testamento que no está admitida por la Ley. En el caso del testamento mancomunado, es decir, cuando dos personas testan en común, a pesar de que en el Código Civil no está admitido, sin embargo hay excepciones  como es el caso de Navarra,  donde si es válida esta forma de testar  que en concreto se denomina Testamento de Hermandad.

¿QUÉ PUEDO HACER SI EL TESTAMENTO NO ES VÁLIDO?

 

CUANDO UN TESTAMENTO NO CUMPLE LA FORMA QUE ESTABLECE LA LEY

 

Para poder llevar a cabo la nulidad del testamento, es necesario interponer la acción de nulidad contra aquellas personas que tengan algún derecho del testamento que se pretenda declarar nulo. Las personas que tienen derecho a ejercitar dicha acción serán los herederos y las albaceas.

Si esto no se lleva a cabo, el testamento despliega todos sus efectos. El plazo para ejercitar dicha acción es de quince años desde el fallecimiento del testador.

Haciendo hincapié en todo ello, podemos hacer referencia en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de A Coruña mediante la cual se anula el testamento realizado por una mujer ingresada en una residencia.

La mujer llevaba años viviendo en una residencia pagada por su hermana. En el mes de noviembre del año 2015, la mujer abandonó la residencia en la que se encontraba para irse a su propio domicilio atendida por un carpintero y su pareja que habían realizado trabajos en su casa; de manera que en el año 2016 fue tutelada por los mismos, los cuales se mudaron al domicilio de la misma para vivir.

Previamente a ello, en junio de 2015 realizó un testamento a favor del matrimonio, concediendo plenas facultades para administrar bienes muebles e inmuebles, así como toda clase de activos mobiliarios, incluyendo la administración y disposición de cuentas bancarias.

El Tribunal considera que la misma no se encontraba incapacitada judicialmente cuando firmó el testamento, pero su capacidad mental se encontraba gravemente afectada; destacando que:

“Era una persona sumamente sugestionable, que no comprendía “el alcance de sus actos” y que tenía “mermada su inteligencia y voluntad”.

Los jueces subrayan que:

La capacidad para pronunciarse sobre negocios jurídicos más complejos” es diferente a opinar “sobre otras cuestiones más ordinarias de la vida diaria (dónde quiere vivir, si quiere salir a pasear…) etc.

Añadir que la Audiencia Provincial:

– Por un lado, se estima el recurso interpuesto por su hermana frente a la sentencia de primera instancia en la cual, se admitió el testamento de la mujer a favor de un carpintero y su esposa que por los trabajos realizados en su casa.

– Por otro lado, anula la escritura otorgada el 30 de septiembre de 2015 para el supuesto de incapacitación, que designaba como tutores a los mismos.

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