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El Tribunal Supremo cierra el debate. Los trabajadores eventuales tienen derecho a una indemnización de 12 días por fin de contrato.

El Alto Tribunal ha cerrado el debate sobre la cuantía de la indemnización de los trabajadores eventuales con la Sentencia 370/2019, de 14 de mayo, rec. 274/2017. La Sentencia unifica la doctrina sobre la cuestión y se separa de la antigua doctrina de Diego Porras del TJUE (sept. 2016) que señalaba que la legislación española discriminaba a los interinos al no reconocer indemnización alguna en caso de cese.

 El Tribunal Supremo ha concluido que la legislación española no discrimina a estos trabajadores por recibir una indemnización menor que la prevista para los trabajadores fijos por despido.

Por lo que, se ratifica la vigencia del artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, el cual establece que los trabajadores eventuales merecen una indemnización de doce días cuando su contrato finalice, y no más. El Alto Tribunal, impone así, el nuevo criterio a los tribunales que habían fallado en sentido contrario en los últimos años.

¿Por qué ha llegado a esta conclusión?

La indemnización de los trabajadores eventuales por fin del contrato es menor que la prevista para los trabajadores indefinidos. La razón que ha dado la doctrina a esta diferencia radica en el carácter sorpresivo del despido. Ya que en el caso del trabajador eventual, el Tribunal entiende que no existe ninguna expectativa de permanencia rota, y por tanto es previsible que la relación laboral finalice en el futuro.

¿Conclusión?

La diferencia en la indemnización tiene carácter justificado y no discriminatorio.

Pero no debemos olvidar que el trabajador eventual puede ser indemnizado por veinte días por año trabajado siempre que el despido sea por causas objetivas (situación diferente a la mera finalización del contrato). En este caso, sí que existe el carácter sorpresivo ya que concurriendo los requisitos del artículo 53.1.b del Estatuto de los Trabajadores, la ruptura era imprevista, y por lo tanto se compensa de igual manera que a un trabajador fijo.

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