Abogados en Pamplona

El dueño no responde por los daños si su perro muerde a la peluquera canina

La Audiencia Provincial de Asturias ha confirmado que la dueña de un perro no responde por los daños causados a la peluquera canina, al asumir ésta de forma voluntaria el riesgo que la custodia del animal pudiera causarle.

La dueña dejó a su perro en el establecimiento dedicado al cuidado de mascotas. En un momento dado, el perro de la clienta se enzarzó en una pelea con otro animal y fue entonces, cuando la peluquera intentó separarlos, cuando la mascota de la damandada mordió a la trabajadora. Ésta interpuso demanda reclamando que se le indemnizase por los daños.

En la sentencia se recoge que la demandante admitió en su establecimiento comercial, la custodia del animal como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional. Por este motivo, la Audiencia considera que asumió voluntariamente el riesgo que  dicha custodia pudiera derivarle, y que por lo tanto no le corresponde percibir indemnización alguna en base a la doctrina de la asunción del riesgo. Esta doctrina viene a decir que no cabe la restitución del daño causado cuando el que sufre el perjuicio asume el peligro de que, efectivamente, se produzca un daño.

Por último, a la luz de lo que establece el art. 1905 CC la responsabilidad es atribuible la responsabilidad al poseedor del animal y no al dueño del mismo, al estar el perro bajo la custodia de la demandante por su actividad profesional es evidente que es ella, y no su propietario, la verdadera responsable del daño causado.

 

Más artículos jurídicos

(SOLICITAR CONSULTA)

Estaremos encantados de ayudarle

Información de Contacto