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El Abogado General de la UE concluye que la ley española discrimina a las empleadas de hogar

El Abogado General de la Unión Europea Szpunar considera que la justicia española discrimina a las trabajadoras de hogar, que en su mayoría son mujeres, al no permitirles cotizar para tener derecho a la prestación por desempleo.

El problema se planteó como consecuencia de una demanda de una empleada de hogar de Vigo contra la Tesorería General de la Seguridad Social quien le negó la posibilidad de cotizar para poder adquirir el derecho a paro. El juez expuso que estas trabajadoras son en su mayoría mujeres y decidió por ello preguntar al TJUE si ley española es discriminatoria y contraria al derecho de la Unión.

Szpunar en sus conclusiones considera que sí existe discriminación por razón de sexo en la ley española en este grupo de trabajadoras de hogar donde las mujeres representan el 95 %. Justificar por parte de España la medida como eficaz para luchar contra el fraude no es excusa. Además Szpunar defiende que la inclusión en un régimen especial con menos derechos perpetúa los roles de posiciones débiles y supone infravalorar el trabajo de estas empleadoras.

Aunque las conclusiones de un Abogado General no son vinculantes, en la mayor parte de los casos los jueces comunitarios adoptan su criterio. Veremos que sucede.

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