Abogados en Pamplona

CUSTODIAS DE MENORES DURANTE EL ESTADO DE ALARMA POR EL COVID-19 EN NAVARRA

Las juezas de Familia y Violencia sobre la Mujer de Pamplona: Ana Ávila (Jdo. de Primera Instancia nº 3), María Luisa Corbacho (Primera Instancia nº 8), Margarita Pérez-Salazar (Primera Instancia nº 10) y Carmen Gonzalez Echegaray (juez sustituta del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer), a la vista de la situación excepcional existente en este momento y ante las dudas surgidas en relación con la ejecución del régimen de custodia y visitas en los correspondientes procedimientos, se reunieron telemáticamente para unificar criterios en esta materia y efectuar una serie de recomendaciones para los casos de falta de acuerdo entre las partes, ponderando el principio de cumplimiento de las resoluciones judiciales y su adecuación al estado de alarma y a las medidas de salud pública.

Así, en los casos de custodia compartida se deberán efectuar los cambios en las fechas que correspondan arbitrando en su caso la forma en que el menor resulte menos expuesto al coronavirus COVID-19.

Las juezas acordaron igualmente se mantendrán las visitas de fines de semana en los supuestos de custodia tanto compartida como individual, exista o no pernocta. Quedarán suspendidas las visitas intersemanales sin pernocta tanto en custodia compartida como individual por suponer una exposición innecesaria para el menor dada su brevedad sin perjuicio de que una vez se normalice la situación pueda en cada caso acordarse la compensación en otros días. En cuanto a las visitas intersemanales con pernocta deberán llevarse a cabo en sus propios términos.

De igual forma, se suspenden las visitas tuteladas en los Puntos de Encuentro Familiar por suponer una excesiva exposición de los menores y no ser posible respetar las medidas de seguridad precisas debido a las reducidas dimensiones de las dependencias.

La copia de la resolución correspondiente será título suficiente para acreditar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la necesidad del desplazamiento.

Por último, se exhorta a los progenitores implicados en estos procedimientos a dar cumplimiento a lo acordado no pudiendo servir la especial situación en que se encuentra el país para incumplir lo dispuesto en las resoluciones judiciales. Siendo aplicables estas recomendaciones a las medidas civiles adoptadas por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer

Más artículos jurídicos

(SOLICITAR CONSULTA)

Estaremos encantados de ayudarle

Información de Contacto